CLP: enmiendas de la Comisión Europea publicadas en el DO

2022-07-23 09:45:18 By : Ms. Lisa Fan

Nombre de usuario o dirección de correo electrónicoNombre de usuario o dirección de correo electrónicoCLP: modificaciones de la Comisión Europea con el Reglamento Delegado (UE) 2020/1182 de la Comisión, de 19 de mayo de 2020 (en DO L de 11 de agosto de 2020, n. 261) que, a efectos de adaptación al progreso técnico y científico, tiene modificaciones se han hecho al anexo vi, parte 3, reglamento (EC) no.1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.Haga clic aquí para ver los últimos cambios en REACHA continuación se incluye el texto de los artículos del Reglamento Delegado (UE) 2020/1182 de la Comisión, de 19 de mayo de 2020;en la parte inferior de la página está disponible el anexo del reglamento.(en DO L de 11 de agosto de 2020, n. 261)Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,Visto el Reglamento (CE) n.1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y por el que se modifica el Reglamento (CE) n. .1907/2006 (1), en particular el artículo 37 (5),(1) Cuadro 3 de la parte 3 del anexo VI del Reglamento (CE) n.1272/2008 contiene la lista de clasificación y etiquetado armonizados de sustancias peligrosas en base a los criterios establecidos en el Anexo I, partes 2 a 5, del mismo reglamento.(2) La Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos («la Agencia») recibió, de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (CE) n.1272/2008, propuestas destinadas a introducir la clasificación y el etiquetado armonizados de determinadas sustancias y a actualizar o derogar la clasificación y el etiquetado armonizados de otras determinadas sustancias.Sobre la base de los dictámenes (2) emitidos por el Comité de Evaluación de Riesgos de la Agencia («el Comité») sobre estas propuestas, así como de los comentarios recibidos de las partes interesadas, debe introducirse, actualizarse o derogarse la clasificación y el etiquetado armonizados de determinadas sustancias. .Estas opiniones del comité son:- dictamen de 8 de junio de 2018 sobre la sustancia ácido nítrico…% [C ≤ 70 %];- Dictamen de 9 de marzo de 2018 sobre fibras de carburo de silicio (con diámetro <3 μm, longitud> 5 μm y relación de tamaño ≥ 3:1);- Dictamen de 8 de junio de 2018 sobre el trimetoxivinilsilano;trimetoxi (vinil) silano;- Dictamen de 8 de junio de 2018 sobre el tris (2-metoxietoxi) vinil silano;6-(2-metoxietoxi)-6-vinil-2,5,7,10-tetraoxi-6-silaundecano;- Dictamen de 8 de junio de 2018 sobre el disulfuro de dimetilo;- dictamen de 8 de junio de 2018 sobre el cobre granulado;- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia bis (N-hidroxi-N-nitrosociclohexilaminato-O, O ') cobre;bis (1-ciclohexil-1,2-di (hidroxi-kO) diazenioato (2 -)] - cobre; [Cu-HDO]; - dictamen de 14 de septiembre de 2018 sobre la sustancia dilaurato de dioctilo; [1] estannan, dioctil- , bis (cocoaciloxi) derivados [2]; - ​​dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia dibenzo [def, p] criseno; dibenzo [a, l] pireno; - dictamen de 9 de marzo de 2018 sobre la sustancia ipconazol (ISO ); (1RS, 2SR, 5RS; 1RS, 2SR, 5SR) -2- (4-clorobencil) -5-isopropil-1- (1H-1,2,4-triazol-1-ilmetil) ciclopentanol; - dictamen de 8 de junio de 2018 sobre la sustancia bis (2- (2-metoxietoxi) etil) éter; tetraglima; - dictamen de 8 de junio de 2018 sobre paclobutrazol (ISO); (2RS, 3RS) -1- (4-clorofenil) -4,4- dimetil- 2- (1H-1,2,4-triazol-1-il) pentan-3-ol, - dictamen de 8 de junio de 2018 sobre la sustancia 2,2-bis (bromometil) propano-1,3-diol, - dictamen de 14 de septiembre de 2018 sobre la sustancia geraniol, (2E) -3,7-dimetiloct-2,6-dien-1-ol, - dictamen de 28 de enero de 2019 sobre la sustancia 2-(4-terc-butilbencil) propionaldehído; - dictamen del 9 de marzo de 2018 sobre la sustancia MCPA tioetilo (ISO); S-etilo (4-etanotioato de cloro-2-metilfenoxi);4-cloro-o-toliloxitioacetato de S-etilo;- Dictamen de 9 de marzo de 2018 sobre la sustancia ftalato de diisoctilo;- Dictamen de 14 de septiembre de 2018 sobre la sustancia 4 - {[(6-cloropiridin-3-il) metil] (2,2-difluoroetil) amino} furan-2 (5H) -ona;flupiradifurona;- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia tiencarbazona-metilo (ISO);4 - [(4,5 - dihidro - 3 - metoxi - 4 - metil - 5 - oxo - 1H - 1,2,4 - triazol - 1 - il) carbonilsulfamil] - 5 - metiltiofeno - 3 - carboxilato de metilo;- Dictamen de 9 de marzo de 2018 sobre la sustancia L - (+) - ácido láctico;ácido (2S) -2-hidroxipropanoico;- Dictamen de 9 de marzo de 2018 sobre la sustancia acrilato de 2-metoxietilo;- dictamen de 8 de junio de 2018 sobre la sustancia de ácido glioxílico…%;- Dictamen de 14 de septiembre de 2018 sobre la sustancia N-(hidroximetil) glicinato de sodio;[formaldehído liberado del N-(hidroximetil)glicinato de sodio];- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia (óxido-NNO-azoxi) ciclohexano potásico;1-óxido de ciclohexilhidroxiceno, sal de potasio;[K-HDO];- Dictamen de 14 de septiembre de 2018 sobre la sustancia etilsulfato de mecetronio;sulfato de N-etil-N,N-dimetilhexadecano-1-aminoetilo;sulfato de etilo de mecetronio [MES];- Dictamen de 9 de marzo de 2018 sobre la sustancia (2RS) -2- [4- (4-clorofenoxi) -2- (trifluorometil) fenil] -1- (1H-1,2,4-triazol-1-il) propan- 2-ol;mefentrifluconazol;- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la oxatiapiprolina (ISO);1- (4- {4- [5- (2,6-difluorofenil) -4,5-dihidro-1,2-oxazol-3-il] -1,3-tiazol-2-il} piperidin-1- il) -2-[5-metil-3-(trifluorometil)-1H-pirazol-1-il] etanona;- Dictamen de 14 de septiembre de 2018 sobre la piritiona de zinc;(T-4)-bis[1-(hidroxi-.kappa.O)piridin-2(1H)-tionato-.kappa.S] zinc;- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 relativo a la 3-cloro-4-(clorometil)-1-[3-(trifluorometil)fenil]pirrolidin-2-ona;flurocloridona (ISO);- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia 4,5-dicloro-2-octil-2H-isotiazol-3-ona;[DCOIT];- Dictamen de 8 de junio de 2018 sobre la sustancia 2-metil-1,2-benzotiazol-3 (2H) -ona;[MBIT];- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia 3- (difluorometil) -1-metil-N-(3', 4', 5'-trifluorobifenil-2-il) pirazol-4-carboxamida;fluxapiroxad;- Dictamen de 8 de junio de 2018 sobre la sustancia N-(hidroximetil)acrilamida;metilolacrilamida;[NMA];- Dictamen de 15 de octubre de 2018 sobre la 5-fluoro-1,3-dimetil-N-[2-(4-metilpentan-2-il)fenil]-1H-pirazol-4-carboxamida;2'-[(RS)-1,3-dimetilbutil]-5-fluoro-1,3-dimetilpirazol-4-carboxanilida;penflufeno;- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre iprovalicarb (ISO);[(2S)-3-metil-1-{[1-(4-metilfenil)etil]amino}-1-oxobutan-2-il]carbamato de isopropilo;- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia siltiofam (ISO);N-alil-4,5-dimetil-2-(trimetilsilil) tiofeno-3-carboxamida;- Dictamen de 9 de marzo de 2018 sobre la sustancia extracto de margosa [obtenido del aceite prensado en frío de las semillas sin cáscara de Azadirachta indica utilizando dióxido de carbono supercrítico];- Dictamen de 8 de junio de 2018 sobre la sustancia ácido nítrico…% [C> 70%];- Dictamen de 9 de marzo de 2018 sobre el octametilciclotetrasiloxano;[D4];- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre el pirimifos-metilo (ISO);O-(2-dietilamino-6-metilpirimidin-4-il) y O,O-dimetil tiofosfato;- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia fosfina;- Dictamen de 14 de septiembre de 2018 sobre el diclorodioctistanano;- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre el 10-etil-4,4-dioctil-7-oxo-8-hueso-3,5-ditia-4-estannatotradecanoato de 2-etil-hexilo;[DOTE];- dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia plomo;- Dictamen de 14 de septiembre de 2018 sobre la sustancia 2-butoxietanol;éter monobutílico de etilenglicol;- dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia m-bis (2,3-epoxipropoxi) benceno;éter diglicidílico de resorcinol;- Dictamen de 14 de septiembre de 2018 sobre el tribenuron-metil (ISO);2-[N-(4-metoxi-6-metil-1,3,5-triazin-2-il)-N-metilcarbamoilsulfamoil] benzoato de metilo;- Dictamen de 8 de junio de 2018 sobre la sustancia azoxistrobina (ISO);(E)-2-{2-[6-(2-cianofenoxi)pirimidin-4-iloxi]fenil}-3-metoxiacrilato de metilo;- dictamen de 9 de marzo de 2018 sobre la sustancia etofumesato (ISO);metanosulfonato de (RS) -2-etoxi-2,3-dihidro-3,3-dimetilbenzofuran-5-ilo;- dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia 2,4-dinitrofenol;- Dictamen de 14 de septiembre de 2018 sobre la sustancia mesotriona (ISO);2-[4-(metilsulfonil)-2-nitrobenzoil]-1,3-ciclohexanodiona;- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia octilinona (ISO);2-octil-2H-isotiazol-3-ona;[OIT];- Dictamen de 14 de septiembre de 2018 sobre la sustancia imexazol (ISO);3-hidroxi-5-metilisoxazol;- dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia exitiazox (ISO);trans-5-(4-clorofenil)-N-ciclohexil-4-metil-2-oxo-3-tiazolidina-carboxamida;- Dictamen de 9 de marzo de 2018 sobre la sustancia pimetrozina (ISO);(E) -4,5-dihidro-6-metil-4-(3-piridilmetilenamino)-1,2,4-triazina-3 (2H) -ona;- Dictamen de 9 de marzo de 2018 sobre la sustancia imiprotrina (ISO);masa de reacción de: [2,4-dioxo-(2-propin-1-il) imidazolidin-3-il] metil (1R) -cis-crisantemo;[2,4-dioxo-(2-propin-1-il) imidazolidin-3-il] metil (1R) -trans-crisantemo;- dictamen de 14 de septiembre de 2018 sobre la butanona oxima;etilmetilcetoxima;oxima de etilmetilcetona;- Dictamen de 8 de junio de 2018 sobre la sustancia peróxido de bis (α, α-dimetilbencilo);- Dictamen de 9 de marzo de 2018 sobre la sustancia ramificada hexatriacotano;- Dictamen de 30 de noviembre de 2018 sobre la sustancia 2- (1- (dietilaminohidroxifenil) metanoil) benzoato de agua fina;2-[4-(dietilamino)-2-hidroxibenzoil]benzoato de hexilo.(3) Con respecto a la sustancia 'plomo', correspondiente al número CAS 7439-92-1 y números de sustancia 082-013-00-1 (polvo de plomo; [diámetro de partícula <1 mm]) y 082- 014-00-7 (plomo masivo; [diámetro de partícula ≥ 1 mm]), en su dictamen de 30 de noviembre de 2018, el comité propuso aplicar la misma clasificación ambiental tanto a la forma masiva como a la pulverulenta.Sin embargo, en vista de la tasa de disolución más baja de la forma masiva, la estructura maleable del plomo, la producción intencional específica del polvo y la diferente clasificación ambiental de las formas masivas y en polvo de otros metales mencionados en el Anexo VI, el Comité debe hacer una evaluación adicional sobre si aplicar la misma clasificación ambiental al plomo y al polvo a granel.Además, se han puesto a disposición nuevos datos científicos a partir de los cuales se asume que la clasificación ambiental de la forma masiva recomendada en opinión del comité puede no ser adecuada.Por tanto, la clasificación ambiental de la forma masiva no se incluirá en el Anexo VI del Reglamento (CE) núm.1272/2008 hasta que el comité haya emitido una opinión revisada.(4) Por lo que se refiere a la sustancia «2-butoxietanol;éter monobutílico del etilenglicol "(número CAS 111-76-2) se han puesto a disposición nuevos datos científicos sobre la clase de peligro" toxicidad aguda (inhalación) "en base a los cuales se supone que la clasificación para esta clase de peligro recomendada en el la opinión del comité, basada en datos más antiguos, puede no ser adecuada.En consecuencia, esta clase de peligro no debería estar sujeta a modificación en el Anexo VI del Reglamento (CE) n.1272/2008 hasta que el comité de evaluación de riesgos haya emitido un dictamen revisado a la luz de la nueva información disponible, mientras que todas las demás clases de peligro cubiertas por el dictamen del comité deben incluirse.(5) Reglamento (CE) No.1272/2008.(6) No es necesario cumplir inmediatamente con las clasificaciones armonizadas nuevas o actualizadas, ya que debe concederse un cierto período de tiempo a los proveedores para que puedan adaptar el etiquetado y el envasado de sustancias y mezclas a las clasificaciones nuevas o revisadas y vender las existentes. acciones, en cumplimiento de las obligaciones regulatorias preexistentes.También debe concederse tiempo suficiente para que los proveedores tomen las medidas necesarias para garantizar que se mantiene el cumplimiento de otras obligaciones legales tras los cambios realizados en virtud del presente Reglamento.Estas obligaciones pueden incluir las establecidas en el artículo 22 (1) (f) del Reglamento (CE) No.1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (3) o el artículo 50 del Reglamento (UE) n.528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (4).(7) No obstante, los proveedores deben poder aplicar las nuevas disposiciones relativas a la clasificación, el etiquetado y el envasado de forma voluntaria antes de la fecha de aplicación del presente Reglamento.Esto es coherente con el enfoque adoptado en virtud del artículo 61, apartado 2, del Reglamento (CE) n.1272/2008,HA ADOPTADO ESTE REGLAMENTO:Modificaciones al Reglamento (CE) No.1272/2008El cuadro 3 de la parte 3 del anexo VI del Reglamento (CE) n.1272/2008 se modifica de conformidad con el anexo de este Reglamento.Entrada en vigor y aplicaciónEl presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.Se aplica a partir del 1 de marzo de 2022.No obstante lo dispuesto en el segundo párrafo de este artículo, las sustancias y mezclas podrán, antes del 1 de marzo de 2022, clasificarse, etiquetarse y envasarse de conformidad con el Reglamento (CE) n.1272/2008 modificado por este reglamento.HAGA CLIC AQUÍ PARA EL ADJUNTOGuarde mi nombre, correo electrónico y sitio web en este navegador para mi próximo comentario.