Decreto N° 48469 DEL 21/07/2022 - Estado - Minas Gerais - LegisWeb

2022-07-30 10:24:10 By : Ms. li guo

Consulte la página de Preguntas frecuentesContacta con nosotros para cualquier otra duda o sugerencia:Contáctenos Ver TeléfonosConsulte la página de Preguntas frecuentesContacta con nosotros para cualquier otra duda o sugerencia:Contáctenos Ver TeléfonosPublicado en DOE - MG el 22 de julio de 2022Modifica el Reglamento ICMS - RICMS, aprobado por Decreto N° 43.080, de 13 de diciembre de 2002.El Gobernador del Estado de Minas Gerais, en uso de la atribución que le confiere el inciso viII del art.90 de la Constitución del Estado y en vista de lo dispuesto en el § 3 del art.8 de la Ley N° 6.763, de 26 de diciembre de 1975, y los Acuerdos ICMS 34/2022, de 7 de abril de 2022, ICMS 72/2022, de 12 de mayo de 2022, e ICMS 77/2022, de 13 de junio de 2022, Decreto : Arte.1, se adiciona el inciso 4 de la Parte 1 del Anexo I del Reglamento ICMS - RICMS, aprobado por Decreto N° 43.080, de 13 de diciembre de 2002, al inciso 4.6, con la siguiente redacción: " 4.0 4.6 (... .. ) Se exonera el impuesto diferido en las operaciones de importación de las mercancías enumeradas en la Parte 32 de este Anexo, clasificadas como principio activo, principio activo, producto técnico o producto formulado, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Federal N° 4.074, de 4 de enero. 2022, realizada por un establecimiento industrial fabricante de plaguicidas que los utilice en su proceso de fabricación, a la salida de los bienes resultantes, beneficiándose de la exención prevista en este artículo. (.....)".Arte.Se adiciona el 2º Punto 1 de la Parte 1 del Anexo IV de la RICMS al subapartado 1.4, con la siguiente redacción: " 1.0 1.4 (...) El pago del impuesto diferido sobre las operaciones de importación de las mercancías enumeradas en la Parte 32 del Anexo se renunciado I, clasificado como ingrediente activo, principio activo, producto técnico o producto formulado, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Federal N° 4074, del 4 de enero de 2022, realizado por un establecimiento industrial fabricante de plaguicidas que los utilice en su fabricación proceso, en las salidas de los bienes resultantes, beneficiándose de la reducción de la base de cálculo de que trata este inciso.(.....)" El art.Se añade el 3er Anexo I de la RICMS a la Parte 32, con la siguiente redacción: "PARTE 32 Ingrediente activo, principio activo, producto técnico y producto formulado (referidos en el subpunto 4.6 de la Parte 1 de este Anexo) CÓDIGO DEL ARTÍCULO NBM/ SH Mercancías 1 2909.3012 Éter difenílico (éter fénico) 2 2916.2014 Permetrina 3 2918.9912 Ácido 2,4-Diclorofenoxiacético (2,4-d), sus sales y sus ésteres 4 2918,9999 Trinexapaque-etilo 9 2926.9023 CIPERMETRINA 10 2926.1CYPERMETRINA 10 2926.1PERMETRINA 9029 ZETA.9029 ZETA. CLOROTALONIL 12 2926.9099 CYMOXANIL 13 2928.0090 FUJIMITE 14 2930.9022 TIOFANATO-METILA 15 2930.9035 METOMIL 16 2930.9061 ACEFATO 17 2930.9079 TAKUMI 18 2931.3912 GLIFOSATO 19 2931.3915 GLUFOSINATO DE AMÔNIO 20 2932.9994 CARBOSULFAN 21 2933.1990 FIPRONIL 22 2933.2110 IPRODIONA 23 2933.3919 CHLORANTRANILIPROLE 24 2933.3921 PICLORAN 25 2933.3921 CHLORPYRIPHOS 26 2933.3929 ACETAMIPRIDE 27 2933.3929 IMIDACLOPRID 28 2933.3989 MEPIQUAT 29 2933.3999 CYANTRANILIPROLE 30 2933.5949 AZOXISTROBINA 31 2933.6913 ATRAZINA 32 2933.6919 TERBUTILAZINA TECNICA 33 2933.6922 HEXAZINONA 34 2933.6923 METRIBUZIM 35 2933.6991 AMETRINA 36 2933.9959 CARBENDAZIM 37 2933.9969 CIPROCONAZOL 38 2933.9969 FLUTRIAFOL 39 2933.9969 TEBUCONAZOLE 40 2934.9939 CLOMAZONE 41 2934.9939 DIFENOCONAZOLE 42 2934.9939 ISOXAFLUTOLE 43 2934.9951 TEBUTIURON 44 2935.9019 SULFENTRAZONE 45 2930.90.59 CADUSAFÓS 46 2930.90.29 DIAFENTHIURÓN 47 2934.10.90 TIAMETOXAM 48 2916.20.15 BIFENTRINA”.Arte.4 Este decreto entra en vigor en la fecha de su publicación, retrotrayendo sus efectos a partir del 1 de enero de 2022. Belo Horizonte, el 21 de julio de 2022;234 de la Inconfidência Mineira y 201 de la Independencia de Brasil.ROMEU ZEMA NETOEl Gobernador del Estado de Minas Gerais, en uso de la atribución que le confiere el inciso viII del art.90 de la Constitución del Estado y en vista de lo dispuesto en el § 3 del art.8 de la Ley N° 6.763, de 26 de diciembre de 1975, y los Acuerdos ICMS 34/2022, de 7 de abril de 2022, ICMS 72/2022, de 12 de mayo de 2022, e ICMS 77/2022, de 13 de junio de 2022,Arte.1, se adiciona el inciso 4 de la Parte 1 del Anexo I del Reglamento ICMS - RICMS, aprobado por Decreto N° 43.080, de 13 de diciembre de 2002, al inciso 4.6, con la siguiente redacción:Arte.2 Se adiciona el punto 1 de la Parte 1 del Anexo IV de la RICMS al subpunto 1.4, con la siguiente redacción:Arte.Se añade el Anexo I 3º del RICMS a la Parte 32, con la siguiente redacción:“PARTE 32 Ingrediente activo, ingrediente activo, producto técnico y producto formulado (referidos en el subpunto 4.6 de la Parte 1 de este Anexo)Arte.4 El presente decreto entra en vigor a partir de la fecha de su publicación, con efectos retroactivos a partir del 1 de enero de 2022.Belo Horizonte, el 21 de julio de 2022;234 de la Inconfidência Mineira y 201 de la Independencia de Brasil.LEGISWEB LTDA - 2022 - Información Rápida y ConfiableTu mensaje fue enviado.Pronto nos pondremos en contacto con usted.Avance descargando el visor: Descargar visorRellene el formulario y uno de nuestros representantes se pondrá en contacto con usted para programar o realizar la presentación de LegisWeb e informarle de las modalidades de comercialización.Descargar TeamViewer Viewer (versión de Windows)Descargar AnyDesk Viewer (versión de Windows)Si ha olvidado su contraseña, ingrese su nombre de usuario y correo electrónico principal registrado en LegisWeb y haga clic en el botón Recuperar contraseña para iniciar el proceso de recuperación de contraseña:También puede comunicarse con nosotros para solicitar un cambio en su contraseña a través de la página Contáctenos.¡Seleccione el área más cercana a su región y ahorre!São Paulo-SP